SUBVENCIONES AL SECTOR DE LA DISTRIBUCIÓN COMERCIAL MINORISTA PARA EL AÑO 2024

El martes 6 de agosto de 2024 se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria la subvención recogida en la Orden IND/38/2024, de 24 de julio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones al sector de la distribución comercial minorista para el año 2024, para la cual existe un plazo para la presentación de solicitudes desde el 7 de agosto de 2024 hasta el 5 de septiembre de 2024.

Dicha ayuda está condicionada a los siguientes requisitos:

  • Su actividad empresarial esté incluida en cualquier epígrafe de comercio al por menor (Grupos 64, 65, 661.3, 662, 663), además de los Grupos 691.1, 691.9, 755.2, 856, 971, 972, 973.1, 973.3 y 975.
  • Las actuaciones subvencionables serán las siguientes:
  • Realización de obras de acondicionamiento y reforma de los establecimientos de venta al público que impliquen una modernización en la actividad comercial.
  • Realización de obras para eliminar barreras arquitectónicas en estos establecimientos, que faciliten el acceso para las personas con movilidad reducida.
  • Adquisición de equipamiento comercial y maquinaria, relacionados con su actividad desarrollada, para su utilización en el propio establecimiento y la adquisición de remolques-tienda y camiones-tienda por comerciantes ambulantes.
  • Instalación de sistemas de seguridad para la vigilancia de los establecimientos comerciales, siendo subvencionable la instalación de cámaras de seguridad, foto detectores, sensores magnéticos, sirenas, lectores de llaves.
  • Adquisición de equipamiento informático (ordenadores de sobremesa y portátiles, terminales de puntos de venta, impresoras, lectores de códigos de barras, balanzas o cajas registradoras electrónicas y sistemas electrónicos de pago.
  • Equipos de red informática
  • Gastos de desarrollo de páginas web.
  • Ser pequeña empresa con una plantilla inferior a 50 personas.
  • Se subvencionarán inversiones efectivamente realizadas y pagados entre el 19 de abril de 2023 hasta el 5 de septiembre de 2024.
  • El gasto subvencionable será del 35% del importe de la inversión realizada (IVA excluido) con carácter general, y hasta el 45% en el caso de que el solicitante se encuentre adherida a la Junta Arbitral de Consumo y acredite pertenecer como miembro de pleno derecho a alguna asociación de comerciantes.
  • Se establece una inversión subvencionable mínima de 1.500 € (IVA excluido)
  • La cantidad máxima a percibir será de 8.000 € por beneficiario.
  • El beneficiario deberá destinar las inversiones o bienes subvencionados al fin concreto durante al menos 2 años en caso de adquisiciones de equipamiento y mobiliario y de 5 años en el caso de reforma.

Extracto de la Orden IND/38/2024, de 24 de julio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones al sector de la distribución comercial minorista para el año 2024

Orden IND/38/2024, de 24 de julio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones al sector de la distribución comercial minorista para el año 2024