Desde el día 1 de Enero de 2.015, la retención por rendimientos procedentes de arrendamiento o subarriendo de bienes inmuebles urbanos varía del 21% al 20%, de igual manera los rendimientos derivados de actividades profesionales varía del 21% al 19% y los rendimientos del capital mobiliario también varia pasando del 21% al 20%, en virtud de la Ley 26/2.014 de 27 de Noviembre, por la que se modifica la Ley 35/2.006 del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas.
Año 2.014 | Año 2.015 | |
Arrendamiento y Subarrendamiento de Bienes Inmuebles Urbanos | 21% | 20% |
Rendimientos Actividades Profesionales | 21% | 19% |
Rendimientos Capital Mobiliario | 21% | 20% |
A continuación les dejamos el cuadro completo: